Cóndor Andino. El rey de los cielos.

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El cóndor andino,Vultur gryphus, es un símbolo nacional de Argentina, teniendo un importante rol en el folclore y la mitología de las regiones andinas de Sudamérica.

Características

Es un ave grande y negra, con plumas blancas alrededor del cuello y en partes de las alas. Posado mide 1,20 m de alto, y con las alas abiertas 3 m, de una punta del ala a la otra.

En los adultos, el macho tiene iris marrón y una cresta prominente. Mientras que la hembra presenta iris rojo. El cuerpo es negro, collar y dorsal de las alas blanco.

Los juveniles son distintos al adulto, machos y hembras poseen plumaje marrón e iris marrones.

La cabeza carece de plumas y es de color rojo, pudiendo cambiar de tonalidad de acuerdo con el estado emocional del ave. Su pico es blanco crema en el extremo y negro en la base. Sus patas grises, cabeza y cuello desnudos, color gris amarronado.

Hábitat

Habita en terrenos montañosos. En San Luis lo podemos encontrar en la Quebrada de Las Higueritas, en Luján, en las sierras centrales, en el cerro Sololosta, y en las zonas más altas de las Sierras de los Comechingones.

Alimentación

Se alimenta de carroña, por lo que cumple un rol invaluable en los ecosistemas. Al consumir animales muertos evita la proliferación de bacterias que pueden generar enfermedades en los humanos. Además, ayuda a controlar la población de otras especies carroñeras y así contribuye a mantener el equilibrio.

Vuelo y Comportamiento

Planea en corrientes de aire, pudiendo llegar a más de 8.000 m de altura, manteniendo las alas extendidas horizontalmente y las primarias separadas como dedos.

Puede desplazarse a velocidades de hasta 50 km/h. Solitario o en grupos.

Nidifica en huecos o cuevas en las rocas y pone un huevo blanco.


San Luis cuenta con la Ley Provincial Nº IX-0317-2004 de Conservación de Fauna, Caza, y Pesca, la cual protege nuestra fauna silvestre. Esta ley declara de interés público la protección, conservación, restauración, propagación y repoblación de la fauna, autóctona o exótica que temporal o permanentemente habita en la jurisdicción de la provincia y que vive libre e independiente del hombre, en ambientes naturales o artificiales.

Esto contempla que queda terminantemente prohibida la caza, tenencia, tránsito y aprovechamiento de cualquier forma, tipo o lugar, en propiedades públicas o privadas, de animales silvestres vivos o muertos y de sus productos, y el apoderamiento o destrucción de sus crías, nidos, huevos, guaridas.

La lucha contra el mascotismo y el tráfico ilegal: un compromiso social.

Si se tiene conocimiento de alguien que posee ejemplares en forma ilegal o trafica con ellos, se debe realizar la denuncia llamando al Área Flora y Fauna de la Secretaría deMedio Ambiente y Parques, a los teléfonos 0266 – 4452000 internos 3372 o 3298, o bien con la Policía Ambiental al 911


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